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Multas del SAT de hasta 7.6 millones de pesos: lo que empresas, abogados y contadores deben saber sobre las “actividades vulnerables”

  • Foto del escritor: Gómez Gómez Contadores
    Gómez Gómez Contadores
  • hace 3 días
  • 3 Min. de lectura

En México, el cumplimiento fiscal ya no se limita únicamente al pago de impuestos. Cada vez más, las empresas y sus asesores deben cumplir con obligaciones relacionadas con la prevención del lavado de dinero.


Recientemente, la revista Expansión publicó un análisis de Carolina Aguilar donde se explica que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede imponer multas que alcanzan hasta 7.6 millones de pesos cuando profesionistas independientes —como abogados, contadores o consultores— no reportan ciertas operaciones consideradas como “actividades vulnerables”.


Aunque muchas empresas desconocen estas obligaciones, forman parte del sistema nacional de prevención de lavado de dinero y pueden impactar directamente en la operación de organizaciones que realizan transacciones corporativas, financieras o inmobiliarias.


¿Qué son las “actividades vulnerables”?

Las llamadas actividades vulnerables son operaciones que, por su naturaleza, pueden ser utilizadas para ocultar o transferir recursos de procedencia ilícita.

Por esta razón, la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) obliga a identificar y reportar determinadas transacciones cuando participan intermediarios profesionales.

Es importante entender que reportar estas operaciones no implica que exista una irregularidad, sino que forma parte del sistema de vigilancia financiera del país para prevenir el lavado de dinero.



Profesionistas y empresas que pueden estar obligados

Las obligaciones suelen aplicar cuando un profesionista independiente realiza operaciones en nombre o representación de un cliente, especialmente en contextos corporativos o financieros.

Entre los perfiles que pueden estar sujetos a estas obligaciones se encuentran:

  • Abogados corporativos

  • Contadores

  • Consultores o asesores financieros

  • Gestores empresariales

  • Intermediarios en operaciones corporativas o patrimoniales

En muchos casos, estas obligaciones también impactan indirectamente a las empresas que contratan este tipo de servicios.


Operaciones que pueden activar la obligación de reporte

De acuerdo con la normativa antilavado, existen operaciones específicas que pueden requerir registro y avisos ante la autoridad. Algunas de las más comunes son:

  • Compraventa de bienes inmuebles o cesión de derechos sobre propiedades

  • Administración o manejo de recursos de clientes

  • Gestión de cuentas bancarias o inversiones

  • Organización de aportaciones de capital para crear o administrar empresas

  • Constitución, fusión o escisión de sociedades

  • Administración de fideicomisos o estructuras corporativas 

Este tipo de transacciones son monitoreadas porque pueden ser utilizadas para mover o encubrir recursos de origen ilícito.


La obligación de presentar avisos al SAT

Cuando se realiza una operación considerada como actividad vulnerable, el profesionista o la entidad responsable debe presentar un aviso al SAT.

Este reporte incluye información como:

  • Datos del prestador de servicios

  • Datos del cliente

  • Identificación del beneficiario controlador

  • Descripción de la operación realizada

El plazo para presentar estos avisos es a más tardar el día 17 del mes siguiente a la operación.

Incluso en algunos casos puede existir la obligación de reportar periodos sin operaciones, dependiendo del esquema de cumplimiento.


Sanciones por incumplimiento

El incumplimiento de estas obligaciones puede derivar en sanciones económicas significativas.

Según la normativa vigente, las multas pueden ir desde 200 hasta 65,000 veces el valor de la UMA, lo que equivale aproximadamente a:

  • Más de 23,000 pesos, en casos menores

  • Hasta 7.6 millones de pesos, en los casos más graves

Además de las multas, la autoridad puede suspender temporalmente la realización de ciertas operaciones mientras se resuelve el procedimiento administrativo.



Un riesgo de cumplimiento que muchas empresas subestiman

Para muchas organizaciones, el cumplimiento en materia de prevención de lavado de dinero sigue siendo un tema poco comprendido.

Sin embargo, las operaciones corporativas —como la constitución de sociedades, restructuras empresariales o movimientos patrimoniales— pueden entrar fácilmente dentro del alcance de estas disposiciones.

Esto significa que la correcta documentación, el conocimiento del cliente y los procesos internos de cumplimiento se vuelven elementos clave para evitar sanciones.


La importancia de una asesoría estratégica

Las obligaciones relacionadas con actividades vulnerables no solo requieren conocimiento fiscal, sino también una correcta interpretación del marco regulatorio y de las operaciones empresariales.

Por ello, contar con asesoría contable y legal especializada permite:

  • Identificar operaciones que deben reportarse

  • Implementar controles internos adecuados

  • Reducir riesgos regulatorios

  • Evitar multas que pueden afectar la estabilidad financiera de una empresa

En un entorno donde la supervisión fiscal y financiera es cada vez más estricta, el cumplimiento ya no es solo una obligación administrativa, sino una parte fundamental de la estrategia empresarial.

 
 
 

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